En Plan de Vuelo 

 

Por Fabiola Lara García

Recientemente en Rusia se emitió una ley que aumenta la pena máxima de prisión de dos a cinco años para aquellos que cometan actos de crueldad y maltrato animal.

En nuestro país, lamentablemente, hace muy pocos años que de forma incipiente, las entidades federativas incluyeron en sus códigos penales el maltrato animal como delito.

En lo relativo a la pena de privativa de la libertad, el Código Penal de Chihuahua contempla con seis meses a dos años de prisión para aquellos que “dolosamente cometa actos de maltrato en contra de algún animal de compañía, causándole la muerte…”

Se resalta que la condición para aplicar la pena es que la conducta de maltrato que cause la muerte del animal sea cometida de forma “dolosa” es decir con toda la intención de provocar la pérdida de la vida del animal.

Esta situación es completamente desafortunada, ya que difícilmente algún maltratador expondrá que efectivamente su voluntad era causarle un daño al animal, por lo que sería menester la reforma en el sentido de que cualquier conducta de maltrato sea dolosa o culposa que cause la muerte del animal, tal como atinadamente se contempla en la Ciudad de México.

En dicha norma encontramos que se sanciona en principio, si la conducta se ejecuta tanto dolosa como culposa; se castiga con penas mayores y se contempla también castigo aunque las lesiones causadas en el animal no pongan en riesgo su vida.

A diferencia de nuestro Código Penal. En el cual la conducta de maltrato para ser castigada debe ser dolosa y poner en peligro la vida del animal, de no ser así, simplemente, no pasa nada, y la única herramienta que nos queda es la vía administrativa.

Diversos estudios científicos han revelado que la mayoría de los asesinos han tenido algún precedente de maltrato animal en su infancia, etapa en la cual se forma las conexiones neurológicas que determinarán preponderantemente el actuar del ser humano.

Se pone de relieve que lastimeramente en los pasados comicios, corrió fuerte el rumor (luego convertido en noticia falsa) de que en diversas casillas del país, se iba a contar con una boleta adicional: una para poder votar una ley contra el maltrato animal,  con el afán de que la ciudadanía manifestara su conformidad con aumentar las sanciones en casos de maltrato animal.

Hubo gente preocupada porque “faltaban” esas boletas en sus casillas el pasado domingo para poder lograr los cinco mil votos para que esa ley fuera una realidad.

Pero, gracias a Verificado.mx y su etiqueta en redes sociales #QuieroQueVerifiquense dio a la tarea de investigar esta información, a solicitud de muchos ciudadanos, preocupados por un posible fraude electoral o madruguete en la consulta.

Pues, efectivamente, se verificó la información y tal consulta era una falacia absoluta. Karla Garduño, encargada del área de prensa del INE, explicó que el 1 de julio no hubo ninguna consulta ciudadana en casilla y que en el país no hay antecedentes de consultas realizadas en las urnas.

 

Noticia que cayó como balde de agua fría para muchos animalistas que se levantaron a votar el pasado domingo con la ilusión de votar, no sólo para elegir presidente sino por hacer realidad dicha legislación contra el maltrato animal.

 

Verificado encontró dos datos para desmentir la información: el primero es que en México no se utiliza el término “cartilla” sino “boleta”; y el segundo es que de acuerdo con la fracción VIII de artículo 35 Constitucional —que es el que habla del derecho a la consulta popular—: debe participar, al menos, 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal para que los poderes Ejecutivo y Legislativo tomen en cuenta el resultado y propongan iniciativas para legislar el tema de consulta.

 

Si tomamos en cuenta que la lista nominal está conformada por 89 millones 418 mil 243 personas, si dicha consulta fuera real, debieron haber participado al menos 35 millones, 767 mil 298 personas, cantidad muy lejana de los cinco mil votos con los que se aprobaría la Ley contra el maltrato animal según las cadenas de WhatsApp e imágenes en redes sociales.

 

El Presidente de la República, el 33% de los integrantes del Senado o de la Cámara de Diputados, o bien, el 2% (un millón 788 mil 365) de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores pueden solicitar consultas populares de temas que no tengan que ver con: restricción de derechos humanos; los principios constitucionales; materia electoral; ingresos y gastos del Estado; seguridad nacional, y la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas.

Aunque existen leyes sobre maltrato animal en todos los estados, no están homogeneizadas: en algunas legislaciones quedan excluidos aquellos animales que son utilizados en fiestas populares, como las tradiciones charras y las taurinas.

Si han habido iniciativas en el tema, mismas que abarcan desde el trato digno y respetuoso para los animales, que también se menciona en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente pero no hay sanciones establecidas para quienes los maltratan.

Así que tenga cuidado con las noticias falsas. Muchos cayeron, incluido el candidato del Partido Verde, Erik Rodríguez Garza.
ESCALAS

  1. Verificado.mx es una gran herramienta para combatir las noticias falsas, que usualmente llegan por montones al WhatsApp.