EN PLAN DE VUELO
Estamos en la etapa en la cual, bien mediante, un amparo puede conseguir que un funcionario público desbloquee a un usuario de una red social hasta lograr concluir mi educación superior de forma totalmente gratuita o incluso acomodar mis apellidos en el orden que me plazca.
Hace un año, la estudiante de la carrera de Biología María Ángeles Cárdenas ganó un amparo promovido en contra de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, consiguiendo la exención en el pago de los gastos relativos a la licenciatura en biología, la cual cursaba.
La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió a favor de la universitaria declarando que, en el caso mencionado, se vulneraba su derecho humano a la educación previsto en el artículo tercero constitucional, así como por el artículo 138 de la constitución de Michoacán.
Hace escasas semanas, aconteció que un Juez de Distrito de Sonora concedió el amparo a Luis Oscar Ruiz, quien se dolía de que el alcalde de Nogales lo había bloqueado de su cuenta de Twitter, acción que trastocaba su derecho al acceso a la información que en dicha red social publicaba el funcionario, estimando para ese efecto, que las publicaciones hechas por el alcalde publicaba en su cuenta era información pública, por lo cual no debía bloquear a ningún ciudadano en aras de preservar el derecho al acceso a la información. Este litigio aún no concluye ya que el edil ha informado que proseguirá con el medio jurídico correspondiente para impugnar la decisión del juez.
En este sentido, realizo la siguiente acotación: la controversia no versó sobre los motivos que tuvo el edil para bloquear al ciudadano, los cuales se dice por el primero de los referidos, que fue debido a los múltiples insultos que el usuario de Twitter profería en contra del funcionario, tal parece que por el llano hecho de pertenecer al cuerpo del servicio público, sus integrantes se encuentran condenados a “apechugar” cuanta sandez les gusten arrojar los ciudadanos, ello en franco respeto al derecho a la libertad de expresión y, en este caso, al acceso a la información pública; ya que aquel funcionario que ose emitir alguna reacción demandado un mínimo de respeto a su investidura, lo tildaran de despótico, represor y tirano. Cierro acotación y continúo con el tema central que me atañe en esta ocasión.
Hace más de dos años en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, una mujer de edad avanzada (89 años) ganó un amparo que promovió por haber sido dada de baja del programa para ayuda a adultos mayores, recibiendo la cantidad que le correspondía hasta la fecha de la resolución favorable.
A mediados de la presente anualidad, en Tamaulipas, se otorgó un amparo para que una menor con un excelente promedio pudiera ingresar a la escuela secundaria que ella deseaba, ya que el motivo del rechazo, a palabras de la propia directora, fue simplemente el endeble argumento de: “la falta de cupo”, empero la menor contaba con un número de inscripción inferior al 60 y la capacidad de la escuela era de 160 niños.
En Nayarit, en agosto del presente año, Carlos Luna López obtuvo amparo a su favor para lograr evitar el cobro ilegal de más de diez mil pesos que pretendía cobrarle la Comisión Federal de Electricidad, ya que no se acreditó que el usuario del servicio hubiera maniobrado el medidor para disminuir el pago de energía eléctrica, como sostenía la Comisión y que era precisamente el motivo del monto tan elevado que pretendía percibir referida empresa de clase mundial.
Con beneplácito observo como la gente adopta en sus vidas cotidianas los derechos humanos, así como busca su defensa y respeto a su ejercicio.
Cada vez nos alejamos de la errónea y anquilosada concepción de los derechos humanos como una mera carta de buenos deseos. Satisfactoriamente podemos afirmar que tanto el sistema jurisdiccional mexicano como la población, han establecido un engranaje importante, y cada vez se perfecciona para lograr el efectivo ejercicio, cabal respeto y genuina protección de los derechos humanos.
Cabe resaltar que la tendencia mundial se ha encaminado en el sentido de erradicar la concepción de los derechos humanos establecidos en instrumentos internacionales como un derecho extranjero por tanto carente de observancia, por el contrario, en nuestro país cada día se potencia la directriz en torno al acatamiento de los derechos contemplados en tratados internacionales.
El poder judicial ha hecho lo propio en cuanto a respeto y observancia de los derechos humanos, como ejemplo, los amparos antes citados, así como los precedentes que nuestra Suprema Corte ha establecido en los últimos años se han encauzado, aunque no por la mayoría de los Ministros, a observar los criterios que adopta tanto la Comisión como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aún y cuando México no figure como parte directamente involucrada, lo que representa un benéfico acrecentamiento en la gama y enfoque de protección a los derechos humanos.
Ahora bien, esperemos que en breve, tanto el ejecutivo, como el legislativo, realicen lo que a su esfera de competencia les concierne para que los particulares no tengan que exigir vía amparo sus derechos, sino que estos, ya se encuentren debidamente reconocidos y su procedimiento debidamente regulado en la ley.
ESCALAS
- En verdad agradezco todos sus comentarios que me hacen el favor de enviar a mi correo: fabiola@plandevuelo.mx
- La actualidad jurídica la puede escuchar todos los lunes y miércoles a las 9PM en Plan de Vuelo que se transmite por Antena 102.5FM.